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Estímulos fiscales
Alejandro Canales Sánchez
Campus Milenio Núm 278 [2008-06-26]
 

Uno de los principales instrumentos que tienen los gobiernos para incrementar la inversión privada en el campo de la ciencia y la tecnología son los incentivos fiscales. A pesar de que no es una medida novedosa, en los últimos años comenzó a ser motivo de atención y polémica.

La medida se refiere, básicamente, al beneficio que obtienen los empresarios que realizan un gasto en ciencia y tecnología, al poder descontar una parte de ese gasto de los impuestos que debieran pagar en su totalidad. Algunos juristas le llaman un descuento en la carga de su crédito fiscal en determinado impuesto, más que un incentivo fiscal.

El asunto es que desde la Ley para Coordinar y Promover el Desarrollo Científico y Tecnológico de 1985, la primera ley que intentó organizar las diferentes disposiciones normativas del sector, se planteó que a la Secretaría de Hacienda le correspondería determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales a las instituciones y empresas mexicanas, para la generación, adquisición y utilización de tecnología (artículo 13).

Después, en la primera reforma a la normatividad científica y tecnológica de 1999, quedó establecido, por primera vez como principio orientador, que a través de los incentivos fiscales y otros mecanismos de fomento se buscaría que el sector privado realizara inversiones crecientes para la innovación y el desarrollo tecnológico (artículo 4, fracción VII). Además, al igual que la ley anterior, también delegó en Hacienda la facultad de determinar la aplicación de los incentivos fiscales, aunque precisó que lo debería determinar en enero de cada año (artículo 14).

El problema fue que hasta el comienzo de esta década las reglas para hacer efectiva la disposición de los incentivos fiscales fueron sumamente farragosas y complicadas. Al menos eso era lo que señalaban algunos empresarios que buscaban obtener el beneficio de la Secretaría de Hacienda. Al final, solamente unas cuantas empresas se veían beneficiadas y una escasa proporción del monto total destinado a estímulos fiscales se ocupaba.

Sin embargo, en la administración anterior, al plantearse los propósitos de lograr una mayor participación del sector privado en el financiamiento científico y de alcanzar 1 por ciento como proporción del PIB en el gasto en ciencia para 2006, buscó cambiar las reglas de aplicación de los incentivos fiscales.

En primer lugar modificó la Ley de Impuesto sobre la Renta entre 2001 y 2002, para establecer un incremento en la proporción crédito fiscal (el monto a deducir) del gasto en desarrollo científico y tecnológico de los empresarios, pasó de 15 a 30 por ciento; también para indicar que el monto total del estímulo fiscal sería determinado en la ley de ingresos que se aprueba cada año, y para señalar que se aplicaría conforme la determinación de un comité interinstitucional.

La facultad atribuida a ese comité interinstitucional obedeció a que en 2002 nuevamente se promulgó una nueva ley de ciencia y tecnología, la cual sigue vigente, en la que se incluyó una sección especial sobre estímulos fiscales (sección V) donde quedó establecido que el comité estaría formado por representantes de Conacyt —con voto de calidad para la autorización— y de las secretarías de Hacienda, Economía y Educación Pública (artículo 29).

A partir de 2001, el monto total para estímulos fiscales se ha incrementado año con año, pasó de 500 a 4 mil 500 millones para este año. Igualmente, según información de Conacyt, el número de empresas beneficiadas pasó de 150 a casi 900, lo mismo que los proyectos de medio millar a casi 3 mil.

Sin embargo, desde que se dieron a conocer algunas de las empresas beneficiadas, particularmente a partir de 2004, la Academia Mexicana de Ciencias criticó la opacidad del programa y el hecho de que los mayores y más numerosos beneficios se concentraban en las empresas trasnacionales y pocos o ninguno en las pequeñas y medianas empresas.

El Conacyt y el comité interinstitucional han tratado de remediar esa situación. Por un lado, intentando establecer reglas para discriminar el tipo proyectos autorizados y, por otro, difundiendo qué empresas se han beneficiado. La semana anterior, el Foro Consultivo Científico y Tecnológico y Conacyt presentaron el libro Promoviendo la innovación y el desarrollo tecnológico. Programa de estímulo fiscal. Una publicación que ilustra muy brevemente los casos de 31 empresas beneficiadas por el programa.

No obstante, las dudas sobre el funcionamiento y efectividad del programa todavía no se disipan, tal vez por esa razón, el director de Conacyt, Juan Carlos Romero Hicks, en la presentación del libro, anunció que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) realiza una evaluación del programa. Es decir, ni el marco normativo seguido hasta ahora ni la difusión realizada han sido suficientes para convencer de las bondades del programa. Bueno, para variar, esperaremos una evaluación internacional.


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