MOTOR DE BÚSQUEDA PARA ARTÍCULOS PERIODÍSTICOS

Autor  Periódico  Año 
Mostrar Introducción

Propone el SNTE estandarizar la calidad de la educación básica
Roberto Rodríguez Gómez
Campus Milenio Núm 286 [2008-08-28]
 

Con pie de imprenta de mayo de 2008, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) ha puesto a circular el documento “Propuesta de Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana del Servicio de Calidad en la Educación Básica Obligatoria”. Se trata del diseño de una NOM cuyo propósito general consiste en “establecer los requisitos y las especificaciones mínimas que deben cumplir los procesos educativos en las instituciones públicas y privadas para asegurar la calidad educativa”.

La propuesta de estandarización define tres procesos relacionados con la calidad educativa: gestión y administración de recursos, procesos de enseñanza-aprendizaje, y evaluación de los resultados del aprendizaje, competencias, habilidades y aplicación de conocimientos. Para cada uno de estos procesos la NOM define los aspectos a considerar (subprocesos), los parámetros de cumplimiento de la norma, los indicadores para medir el grado como éstos se alcanzan, y los responsables de llevar a cabo la validación respectiva.

En todo el mundo, México incluido, la responsabilidad de definir la orientación pedagógica de la educación obligatoria, supervisar el cumplimiento de los objetivos y metas de las políticas educativas, así como evaluar periódicamente el logro escolar, recae primariamente en la autoridad educativa. Asimismo, al Poder Legislativo compete la atribución de determinar, en sus aspectos más generales, las condiciones de la educación obligatoria: qué ciclos o niveles incluye, cómo se estructura y articula el servicio, cuál es la orientación de contenido central, entre otros aspectos.

La NOM propuesta, al fijar los estándares de gestión, formación y evaluación en el marco del sistema nacional de normas técnicas, regido por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), claramente busca extraer de los poderes Ejecutivo y Legislativo el control de aspectos cruciales en el gobierno de la educación básica obligatoria. ¡Ni los más recalcitrantes neoliberales habrían imaginado una solución de este tipo para zafar de los órganos del Estado el manejo de la educación!

La propia Elba Esther Gordillo lo anticipa al señalar, en el prólogo del texto, que “si bien esta propuesta resulta en una acción inédita en el mundo educativo a nivel internacional y, por ello, y por su falta de precedentes y referentes puede ser sumamente criticable, su valor adicional y aportación es que nos obliga por fin a definir parámetros de calidad, responsabilidades y ámbitos de participación en la compleja tarea de educar” (pág. 5).

¿A poco en ningún otro país existen normas técnicas que estandaricen procesos educativos? Claro que las hay, pero su enfoque es distinto, ya sea que expresen un marco de referencia, nacional o internacional, para orientar determinadas características del proceso educativo, o bien que especifiquen los estándares que deben cumplir los insumos materiales pertinentes. Así, por ejemplo, en el mundo anglosajón, principalmente en Estados Unidos e Inglaterra, en los últimos años se ha desplegado una profusa actividad para establecer los “estándares” de la educación básica y media, entendiendo por tales los contenidos fundamentales a los que los niños estudiantes deben tener acceso en esos niveles de enseñanza. Pero ni por acaso dichos estándares han buscado reflejo, en ambos realidades, en sus respectivos esquemas de normas técnicas o comerciales, como sería el caso de la NOM.

En el ámbito europeo se han desarrollado varios estándares educativos. Algunos ejemplos: la CWA 14590:2002 “Descripción de capacidades de lenguaje”, adoptada por los comités de normalización de Alemania, Inglaterra, Irlanda, Islandia y Malta; la CWA 14927:2004 “Recomendaciones de un modelo para expresar competencias de lenguaje”, adoptada por Inglaterra, Irlanda y Malta; la CWA 15453:2005 “Armonización de vocabularios para eLearning”, en los mismos países, y quizá la más importante, la CWA 15455:2005 “Un modelo europeo para competencias de aprendizaje”, hasta ahora reconocida sólo por los comités de normalización de Inglaterra, Irlanda y Malta.

De alcance más general, la EN 14434:2004 sobre especificaciones técnicas para pizarrones, y la EN 14804:2005, que se refiere a guías de turismo. Ambas tienen el reconocimiento de la mayoría de los comités de normalización afiliados al Comité Europeo de Normalización. Pero, ¿una norma técnica para supervisar el cumplimiento de las políticas públicas de educación?, en ningún lado. En el contexto de la Unión Europea, por una sencilla razón, la educación se entiende ligada a la soberanía nacional y, por lo tanto, ajena a los principios de la estandarización comercial, cuyo fin último es facilitar el intercambio de bienes y servicios en el plano internacional.

Ojo. Si en México se aprobara la NOM que se propone, debido a las reglas de comercio internacional, debería comunicarla para observaciones a los países con los cuales existen tratados de libre comercio, así como a la Organización Mundial de Comercio (OMC), pues el gobierno aceptó la apertura al comercio internacional de todo el sector educativo.

Según la normativa vigente, las normas NOM deben ser emitidas por dependencias de la administración pública. Correspondería a la SEP generar el proyecto, con el concurso de un comité nacional de normalización que habría de crearse al efecto. ¿Y el Congreso? No tiene competencia en la materia. A estas alturas, preocupa que la SEP haya incluido en el Programa Sectorial de Educación 2007-2012 este punto de la agenda sindical. Más preocupa que lo vaya a cumplir. ¿O es el precio de la Alianza?


Instituto de Investigaciones Económicas
Seminario de Educación Superior
TEL: 56650210, FAX: 56230116
webmaster@ses.unam.mx
Last modification: April 29 2020 11:44:32.  

Free Blog Counter