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Legislar en la educación superior. Sin regresiones ni restricciones
Humberto Muñoz García
Campus Milenio Núm 84 [2004-06-10]
 

Recientemente se han presentado varias iniciativas de ley en torno a la educación superior. Sabemos que se han discutido en varios foros. Es probable que se debatan en el próximo periodo ordinario de sesiones en la Cámara de Diputados. En espera de que se agreguen otras opiniones, por lo pronto, es necesario reflexionar y reaccionar sobre aspectos que consideramos deben tratarse con el cuidado político que merecen.

El cambio acelerado que ha vivido el país en los últimos tiempos no ha sido ajeno a las transformaciones experimentadas por la educación superior. El sistema educativo del tercer nivel se ha expandido y diversificado volviéndose más compleja su conducción. Por tales razones, entre otras, se piensa que debe revisarse el marco jurídico que los regula porque se sostiene que el actual está rebasado por una realidad que es muy diferente a la de 1978, cuando fue promulgada la ley de coordinación vigente.

Una cuestión que surge de inmediato es si las iniciativas de ley parten de una visión de largo plazo sobre las necesidades educativas que tendrá el país, porque una nueva ley podría durarnos, como la actual, unos veinticinco años. No hay oportunidad de equivocarse. La prisa en este caso podría ser una buena consejera.

Otra cuestión es si las propuestas tienen en cuenta la enorme cantidad de problemas que tiene el sistema educativo y algunos más que se le van a agregar. Porque unos pueden solucionarse jurídicamente, pero otros no. Asimismo, ¿hasta qué punto una nueva ley de educación superior influirá en modificar o estará articulada con el resto de un marco legal tan vasto como el que rige a este nivel educativo?

A mí como académico me preocupa que una nueva ley traiga como resultado una regulación excesiva de las actividades institucionales en el ámbito público que modifique los fines de la educación superior surgido de nuestra propia historia. Que otorgue más atribuciones a la autoridad educativa cuando hay un reclamo claro de una excesiva centralización de las decisiones y falta de mecanismos para conformar conjuntos estatales y regionales de educación superior.

Me inquieta, igualmente, que prevalezca ene la una lógica de mercado para que cualquier institución privada nacional o extranjera pueda establecerse sin contar con los requisitos para impartir una buena educación. O que la apertura de nuevas instituciones públicas esté regida por criterios que no sean los de satisfacer la ampliación de oportunidades educativas en aquellas partes del territorio donde las tasas de cobertura son más bajas que el promedio nacional.

En pláticas tenidas en grupos formales e informales se opina que las decisiones acerca de la educación superior se toman sin tener la suficiente información y análisis para que se sustenten. Hace falta una instancia que amplíe y sistematice la información. También se habla de la inexistencia de un organismo independiente y plural que elabore políticas y recomendaciones que vayan más allá de los periodos de cambio de poderes.

Desde luego, en los diálogos entre colegas se atiende a los asuntos que se refieren al financiamiento en relación con las necesidades de desarrollo que tienen las instituciones públicas.

Es inconveniente la sujeción política de las instituciones por el manejo de los montos del subsidio y por el control del gasto, toda vez que ay una profunda heterogeneidad de los componentes del sistema educativo que reflejan distintas necesidades para el fortalecimiento de su academia.

Sin confianza y reconocimiento de la responsabilidad de las instituciones es difícil avanzar hacia un buen ambiente que estimule la creatividad y la innovación –elementos indispensables- para que realicen sus funciones sustantivas y presenten los resultados a través de una rendición de cuentas transparente.

Hay otros temas que tocan a los conceptos y definiciones que orientan la política educativa que deben aclararse en la ley. Desde luego lo que se refiere a evaluación, pertinencia, y calidad. También es importante denominar cuáles son los segmentos que componen el sistema de educación superior, cómo se regulan en su interior y cómo se establecen sus autonomías relativas.

Es crucial que en la ley se resalte qué es una universidad pública y autónoma a diferencia de otras universidades y de otras instituciones de enseñanza superior. No se puede incluir en una misma definición a distintos tipos de instituciones, entre otros motivos porque la primera es la que recibe la mayor proporción de los recursos que dedica el Estado a este rubro. También porque es la que cubre la mayor cantidad de la matrícula y porque en ella se realiza una parte considerable de la investigación científica y humanística. La universidad pública juega, además, un papel central en la vida y en el proyecto cultural del país.

Entiéndase que lo expresado es una reflexión inicial estimulada por el interés que han despertado en el público las acciones que llevan a cabo los legisladores. Sería deseable que todas las fracciones parlamentarias tengan iniciativas y que éstas se discutan con la seriedad debida.

La aprobación de una nueva ley no es sólo un asunto jurídico. Es, igualmente, un asunto que tiene un contenido político y ético de primer orden para el desarrollo de México. En el debate deben intervenir los distintos actores relacionados con la educación superior. De manera destacada es menester contar con la participación de académicos. Ninguno de nosotros quiere volver al pasado, pero la democracia no puede significar restricción de la autonomía, mayor control oficial y menor libertad para crear.


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