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UNAM sucesión y reforma. Aspectos académicos y administrativos
Roberto Rodríguez Gómez
Campus Milenio Núm 55 [2003-10-30]
 

La Junta de Gobierno de la UNAM se caracteriza por su discreción, al grado que una crítica reiterada ha sido el hermetismo con el que conduce sus asuntos. Por ello, a más de uno habrá llamado la atención las declaraciones del presidente en turno, doctor Álvaro Matute, publicadas en el diario La Jornada los días 14, 21 y 22 de octubre. En particular la última, en que “reveló que De la Fuente tiene 79 por ciento de las menciones de los miembros de la comunidad que han acudido ante dicho órgano. El director del Instituto de Matemáticas, José Antonio de la Peña, cuenta con diez por ciento de las preferencias, el director de la Facultad de Ingeniería (FI), Gerardo Ferrando Bravo, diez por ciento y los otro tres se dividen el restante uno por ciento” (nota de Karina Avilés).

Extrañísima declaración por dos razones. Primera porque en cierto modo adelanta el resultado de la consulta y, con ello, la decisión que habrá de tomar el colegiado. ¿Sería creíble que, después de contar con cuatro quintas partes de las “preferencias”, el rector De la Fuente resultara derrotado en la contienda por la sucesión? Segunda, porque la expresión de un resultado cuantitativo, así sea parcial, escapa de la lógica de ponderación que tradicionalmente ha seguido el órgano de gobierno, desde la que pareciera primar la valoración cualitativa de apoyos y proyectos. Los dos aspectos implican consecuencias negativas para la imagen de la junta: prefigurar un resultado naturalmente resta margen de maniobra al cónclave que tomará la decisión final.

¿Cómo entonces explicar la elocuencia del representante de la junta? Una hipótesis plausible es que, mediante tales declaraciones, se esté enviando un mensaje al gobierno para que desista de la pretensión, en caso que la tuviera, de influir la elección de rector. Con todo, no se justifican las declaraciones pues, aún sin intención, se vulneran condiciones de equidad que debieran prevalecer en el proceso. Además, si a la junta interesa la expresión cuantitativa de los apoyos ¿porqué no estimular un proceso más abierto? Hacia el 10 de noviembre conoceremos el resultado de la elección y con ello el desenlace de algunos de los interrogantes planteados. En tanto, permítame el lector proseguir con la indicación de dos temas cruciales en la reforma universitaria pendiente: el régimen académico-laboral y el cambio curricular, ambos se suman a otros ya comentados en anteriores entregas de la presente serie.

Como se sabe, el ordenamiento jurídico que regula el trabajo académico en la UNAM es el Estatuto del Personal Académico (EPA), norma aprobada por el Consejo Universitario el 28 de julio de 1974. Desde su promulgación, el EPA ha sido objeto de algunas reformas, las principales en 1985 y 1988 para incorporar a los profesores de enseñanza media superior en las mismas plazas, categorías y niveles del personal académico de carrera en licenciatura y posgrado. El Congreso Universitario de 1990 acordó la revisión y reforma de este ordenamiento, resolución que no se ha cumplido hasta la fecha.

En la práctica, las relaciones laborales entre la universidad y su personal académico han cambiado como efecto, en primer lugar, del régimen de estímulos a la productividad, mediante el cual se han desarrollado criterios de desempeño académico no considerados en la norma, así como órganos de evaluación y dictamen tampoco incluidos en el ordenamiento vigente. Algunas figuras previstas en el EPA, como los ayudantes de investigación y docencia, prácticamente han desaparecido y el perfil de otras, como los técnicos académicos, parece no ajustarse del todo al tipo de trabajo que éstos realizan en la institución. Además, en el sector de investigación, se han convenido criterios particulares respecto al perfil académico de los nuevos ingresos y, en algunos casos, acerca de las condiciones para promoción y definitividad. Existe cierto acuerdo en que la norma ha sido rebasada por la realidad laboral universitaria, lo cual no hace sino ratificar la importancia de emprender la revisión, actualización y reforma de el estatuto vigente.

También pareciera haber acuerdo entre los universitarios en que los planes y programas de estudio de las licenciaturas ameritan revisión para ponerlos al día con los avances del conocimiento y la realidad del mercado. Sin duda la actualización temática es necesaria para revitalizar la oferta de estudios profesionales, pero no es lo único; junto a ello conviene considerar, como se ha hecho en otras universidades públicas del país, el modelo curricular para la formación de profesionistas. La propia UNAM llevó a cabo, en años recientes, una nueva propuesta educativa para el posgrado, basada en la integración de las funciones de enseñanza e investigación en cada programa de maestría y doctorado. La reforma de las licenciaturas requiere definir aspectos tales como el modelo instruccional, los procedimientos de evaluación, los requisitos de titulación, la posibilidad de acreditar asignaturas en otros programas, la definición de competencias y propósitos de aprendizaje, entre otros aspectos.

Lo que importa, en todo caso, es lograr una propuesta educativa que consiga restablecer el valor y prestigio de los estudios de licenciatura como un ciclo suficiente para la formación profesional, con plena garantía de calidad, y con el sello de identidad de la UNAM.


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