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La educación como derecho humano
María Herlinda Suárez Zozaya
Campus Milenio Núm 235 [2007-08-09]
 

El artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 217 A (III), del 10 de diciembre de 1948, hace alusión al derecho a la educación. Sin embargo, en México se entiende poco y se hace menos en el cumplimiento cabal del precepto y de los compromisos educativos desde la perspectiva de los derechos humanos. Los mexicanos solemos olvidar que, por el puro hecho de ser humanos, la educación se concibe inherente a nosotros y nuestro derecho a ella está proclamada más allá del alcance de cualquier poder político.

Esto significa que el derecho a la educación está por encima de la intolerancia o ineficiencia de los Estados, así como de las tensiones entre ciudadanos. Además, con todo y que el planteamiento de la educación como derecho humano sea esencialmente de índole filosófico, ello no significa que no esté dotado de garantías, porque su aplicación está protegida, incluso, contra el propio Estado.

Pero los mexicanos solemos olvidarnos que contamos con protección internacional para hacer valer nuestros derechos educativos. De hecho, pocas veces recordamos que para la vigilancia de éstos existen las cámaras legislativas pues, en el país, la protección y defensa de los derechos humanos se elevaron a rango constitucional el 28 de enero de 1992.

Esta disposición faculta al Congreso de la Unión y a las legislaturas de los estados para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, establezcan organismos especializados para atender las quejas en contra de actos u omisiones violatorios de derechos humanos, por parte de cualquier autoridad o servidor público, así como para formular recomendaciones públicas, denuncias y quejas ante las autoridades correspondientes.

Existen múltiples razones que permiten afirmar la importancia que hoy tiene el uso de todos los recursos existentes para lograr que el gobierno mexicano ubique el tema de la educación y el cumplimiento de los derechos educativos dentro de la política pública prioritaria.

Ya lo han dicho muchos: la educación es factor vital para el desarrollo y la consolidación de la democracia, así como para alcanzar los objetivos de equidad y competitividad que se plantean. Entonces, la denuncia del incumplimiento de los derechos humanos con respecto de la educación es impostergable y salta a la vista la necesidad de que los académicos apoyemos la tarea de construir instrumentos que permitan medir y evaluar comportamientos.

Por supuesto, no se trata de medir sólo con fines académicos, sino de medir para conocer e informar acerca de la distancia que separa a México, a sus comunidades y personas, del cumplimiento efectivo de sus derechos. Se comprende que esta medición deberá estar fundada en herramientas técnico-políticas que favorezcan exigir el cumplimiento de los derechos, así como evaluar el desempeño del Estado y de sus responsables y funcionarios en materia educativa. No está por demás aclarar que esta información y conocimiento deberá hacerse pública.

Es claro que nada de esto será posible si no se parte primero del conocimiento, reflexión y discusión del texto del artículo, contenido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, que a la letra dice: "Artículo 26: 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

"2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

"3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos."

El desarrollo histórico del país parece acercarse a un punto crucial en que los mexicanos no podemos seguir permitiendo que se violen nuestros derechos. Porque si en el futuro inmediato los mexicanos no contamos con una educación de calidad y pertinente en términos internacionales, el país será tan incierto que viviremos por muchos años más arraigados en contextos de exclusión y de pobreza.


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