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Calidad educativa: La agenda 2030 mundial y la norma nacional
Alejandro Canales Sánchez
Campus Milenio Núm. 628, pp. 4 [2015-10-15]
 

En el ámbito nacional tuvo mayor resonancia lo que dijo el presidente Enrique Peña Nieto en su intervención en la 70 Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el pasado 25 de septiembre en Nueva York, más que el plan de acción aprobado en esa reunión. Aunque la referencia del presidente mexicano, una vez más y en un contexto internacional, a las amenazas de los “nuevos populismos de izquierda y de derecha” pudo tener mayor interés para la política nacional, lo cierto es que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible podría ser de suma relevancia.

En este año, con algunos pendientes localizados en las regiones y Estados con mayores carencias, concluirá el periodo que se fijó en el año 2000 para cumplir los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). ¿Los recuerda? Hace quince años, el primer objetivo era erradicar el hambre y la pobreza extrema en el mundo; el segundo, lograr enseñanza primaria universal.

Según el balance de la propia ONU, los ODM fueron un poderoso incentivo para poner en marcha acciones a favor de los grupos más desfavorecidos. Aprovechando la energía de diferentes naciones, la ONU desde el año anterior comenzó a trabajar en otra serie de objetivos, junto con los Estados miembros y grupos de la sociedad civil, en lo que ahora se denomina Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), con la idea de alcanzar lo que queda pendiente.

Los Estados miembros de Naciones Unidas, México entre ellos, aprobaron una Agenda mayor a cumplirse en los siguientes 15 años. Son 17 Objetivos con 169 metas de carácter integrado e indivisible que incluyen las esferas económica, social y ambiental. En conjunto, tienen un mayor grado de desagregación e indicadores que los ODM. Por ejemplo, nada menos, vuelve a colocar en primer lugar a la erradicación de la “pobreza en todas sus formas y en todo el mundo”.

En el caso del tema educativo, el objetivo número cuatro señala: “Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos” (A/70/L.1). Es decir, se plantea un objetivo todavía más ambicioso, respecto del que se había propuesto en el año 2000, ahora también busca garantizar la equidad educativa, con calidad en todos los niveles y un aprendizaje permanente para todos.

El objetivo señalado incluye una decena de acciones, en las que se insiste sobre el asunto de la calidad. Por ejemplo, se anota que para el año 2030 debe asegurarse que “todas las niñas y todos los niños terminen la enseñanza primaria y secundaria, que ha de ser gratuita, equitativa y de calidad y producir resultados de aprendizaje pertinentes y efectivos” (4.1).

El acceso y la calidad no solamente en primaria y secundaria. También se amplía a la primera infancia y la educación preescolar, lo mismo que “el acceso igualitario de todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria” (4.3). Igualmente, añade acciones para reducir las disparidades de género en educación y para incrementar el número de jóvenes y adultos con las competencias necesarias para lograr empleos y trabajos decentes, entre otros.

El problema de la calidad no es ninguna novedad en el terreno educativo. No lo es en México y tampoco en el mundo. Al menos desde los años ochenta del siglo pasado se viene insistiendo en el tema. Sin embargo, por un lado, sorprende su persistencia, tanto como el de la equidad; por otro lado, es posible que el significado de la calidad sí haya variado, ahora parece estar más próximo a ese sentido de pertinencia y efectividad.

En el caso de México, en la reforma educativa en curso, cuando se reformó el artículo tercero Constitucional en febrero del 2013, sorprendió la inclusión del párrafo en el que se anotó “El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria...”. En el inciso “d” de la segunda fracción del mismo artículo se añadió que “Será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos”.

En la ley general de educación se amplió todavía más el sentido, al indicar el derecho de todo individuo a recibir una educación de calidad y el deber del Estado a proporcionarla (artículos 2do y 3ro). Incluso, en la fracción IV del artículo 8, se precisó qué se entendería por calidad: “la congruencia entre los objetivos, resultados y procesos del sistema educativo, conforme a las dimensiones de eficacia, eficiencia, pertinencia y equidad”.

Entonces, la calidad ya se hizo un lugar en la Agenda mundial y en la norma nacional. Ya nada más falta llevarla a los salones de clase. Eso.


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