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El gran acuerdo sobre internacionalización
Roberto Rodríguez Gómez
Campus Milenio Núm. 854, pp. 4 [2020-06-18]
 

La Convención Mundial sobre el Reconocimiento de las Cualificaciones relativas a la Educación Superior, aprobada al término de la 40 sesión plenaria de la Asamblea General de la UNESCO (París, 27 de noviembre de 2019), se ha anunciado como el primer tratado internacional de las Naciones Unidas en materia de educación superior. De ahí su importancia y su probable impacto sobre las normas y prácticas nacionales que conciernen a los temas de internacionalización, movilidad y mercado de trabajo de las profesiones.

Esta Convención, aunque fue aprobada de manera unánime por las representaciones nacionales ante la UNESCO, aún debe transitar el proceso de ratificación que implica su aprobación por los órganos legislativos competentes en los países que integran el organismo internacional. Cuando ello ocurra, tendrá la fuerza normativa de un tratado internacional plenamente reconocido.

El proceso de su construcción tomó casi una década, que arrancó en noviembre de 2011 con el resolutivo correspondiente de la Conferencia Internacional de Estados, organizado por la UNESCO en Tokio. En 2012 se procedió a la elaboración del estudio de factibilidad correspondiente y se celebró una primera reunión de expertos en la ciudad de Nanjing (China). Al año siguiente, la Conferencia General aprobó formalmente el proyecto y solicitó un Reporte Preliminar, que fue elaborado durante 2014 y 2015. En noviembre de 2015 dicha Conferencia avaló el Reporte Preliminar y dio luz verde a la elaboración de una iniciativa formal previa consulta con grupos especializados, así como entrevistas y encuestas con comunidades relevantes.

El Comité integrado para la elaboración del proyecto entregó resultados y un borrador preliminar al Consejo Ejecutivo y a la Conferencia General en noviembre de 2017. En dicha conferencia se dieron a conocer los avances y se aprobó la distribución del borrador en el marco de la celebración de las Conferencias Regionales programadas para 2018-2019. Tras este largo recorrido se llegó a una versión final que fue la presentada y aprobada en la 40 Asamblea General.

La Convención declara cinco propósitos generales: Lograr un reconocimiento abierto y justo de cualificaciones como derecho universal; Establecer coherencia internacional en los procesos de reconocimiento; Conseguir reconocimiento de cualificaciones a través de las regiones; Lograr que el reconocimiento de cualificaciones sea reconocido como elemento de los procesos de aseguramiento de calidad de la educación superior; Elevar el perfil y la importancia del reconocimiento de cualificaciones.

Se establecen en el articulado de la Convención que el reconocimiento de cualificaciones es un elemento central para los procesos de internacionalización y para la movilidad internacional de estudiantes, académicos y profesionales. Por ello, se fijan normas y criterios generales que implican la necesidad de establecer marcos nacionales relativos a las cualificaciones de la educación superior que sirvan para eslabonar el reconocimiento de estudios cursados en el exterior para propósitos de continuidad de trayectos escolares y con fines de certificación para efectos del ejercicio profesional.

En México, dicho sea de paso, aunque se reconoce la importancia y la necesidad de elaborar dicho marco de cualificaciones de la educación superior, se mantiene como una asignatura pendiente, pero que ahora, en el contexto que se apunta, se convierte en una tarea urgente, a la que esperamos que las autoridades correspondientes presten la debida atención.

No desglosaremos aquí el contenido completo de la Convención, que consta de veinticinco artículos y anexos, sino que invitamos a lector a su consulta. El texto se encuentra en el portal web de la UNESCO y es fácil de localizar en cualquier buscador de Internet.

En las últimas semanas ha comenzado a circular la carta enviada por la Directora General de la UNESCO, Audrey Azoulay, en la que convoca a los ministros nacionales representantes ante el organismo multilateral para que activen en su país el proceso de ratificación correspondiente. En esa comunicación se aclara que, conforme al Artículo IV-4 de la Constitución de la UNESCO, se establece el plazo de un año para que, a partir de la aprobación del instrumento por la Conferencia General, los Estados parte la ratifiquen, lo que significa que el término de aprobación queda fijado para el próximo 25 de noviembre de este año. También se aclara que la Convención tendrá fuerza normativa, en los Estados parte que la suscriban, tres meses después de su ratificación.

Como es sabido, en nuestro país los tratados internacionales ocupan un lugar relevante en la pirámide normativa, paralelo o inmediatamente inferior a la Constitución Federal pero superior al de las leyes generales, lo que quiere decir que, en caso de aprobarse, la norma tendrá plena validez como derecho general en beneficio de los estudiantes, académicos y profesionales. Este tema conecta obligadamente con el proceso de construcción de la Ley General de Educación Superior aun en trámite legislativo. Es importante que se tome en cuenta sobre todo para evitar cualquier fricción entre la norma internacional y las disposiciones nacionales en la materia.


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Last modification: April 29 2020 11:44:32.  

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