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LGCTI: Ni ambigüedad ni retroceso en materia de financiamiento
Alejandro Canales Sánchez
Campus Milenio Núm. 893, pp. [2021-03-25]
 

Un punto insoslayable de lo que será la nueva Ley General de Ciencia, Tecnología e Innovación (LGCTI) es el financiamiento. No es el único, pero sí es uno de los más importantes, porque sin recursos financieros lo demás será lo de menos. O peor, podríamos retroceder en lo que ya tenemos en la ley.

¿Qué dice la norma vigente en materia de financiamiento? Básicamente que el monto anual que se destine “a las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, deberá ser tal que el gasto nacional en este rubro no podrá ser menor al 1 por ciento del producto interno bruto” (artículo 9 Bis).

Los términos siempre son importantes y su precisión en una ley hacen toda la diferencia. La norma vigente, como se puede advertir, primero se refiere explícitamente a investigación científica y desarrollo tecnológico, luego establece que el 1 por ciento es de “gasto nacional” en la materia. Si consideramos esta última denominación, como algunos lo hacen, se trata de Gasto Nacional en Ciencia, Tecnología e Innovación (GNCTI) y los datos del 2017 mostrarían que en ese año se cumplió lo que dice la ley (212 mil millones de pesos, una proporción de 1.05 del PIB).

Paréntesis: si usted intenta conocer la cifra actual del gasto nacional en el sector, no la encontrará en los documentos oficiales. No está en ninguno de los dos informes de gobierno más recientes, aunque ahí tendría que aparecer la cifra. Tampoco encontrará el dato en el informe general acerca del estado que guarda la ciencia, la tecnología y la innovación en México, simplemente porque a partir del 2018 no se emite ese informe, a pesar de que Conacyt tiene que hacerlo anualmente.

Si ya se alcanzó el 1 por ciento del PIB, ¿por qué se habla de incumplimiento de la norma y se insiste en llegar a ese indicador? Por una ambigüedad. Porque no es lo mismo el GNCTI que el Gasto en Investigación y Desarrollo Experimental (GIDE). El primero incluye el total de presupuesto (público, privado, externo y de las IES) que se destina a las actividades del sector. Un indicador relevante para destacar el esfuerzo, pero no expresa el logro en la generación de conocimiento ni es el que se utiliza internacionalmente.

Por el contrario, el GIDE refleja la inversión que se destina solamente a la generación de nuevo conocimiento y excluye el gasto en otras actividades que están relacionadas, pero no directamente, como sería el caso de los servicios y la educación científica y tecnológica. Las estadísticas comparativas a nivel internacional siempre se refieren al GIDE, aunque en algunas ocasiones genéricamente la mencionan como gasto en investigación científica y desarrollo o I+D, o bien, gasto en ciencia y tecnología. Por eso la ambigüedad en la norma nacional vigente.

Si consideramos el GIDE, la información gubernamental más reciente precisa que en el 2019 su proporción respecto al PIB era de 0.21 por ciento. Bastante alejado del 1 por ciento que plantea la ley. Así que, como se podrá suponer, hay sobrada razón para preocuparse con el nivel de financiamiento que tenemos. No solamente es muy menor al que destinan los países de la OCDE (2.5 por ciento en promedio), también es tres veces menos que el promedio de la región latinoamericana (0.65 por ciento respecto al PIB).

En esta situación, resulta inquietante que el anteproyecto de ley general, aprobado el pasado mes de diciembre por el Consejo General, la máxima autoridad del sector, sugiera una redacción todavía más laxa y ambigua en materia de financiamiento. Por ejemplo, dispone que el Estado “proveerá de recursos y estímulos suficientes, oportunos y adecuados, conforme a las bases de coordinación, vinculación y participación que establezca esta Ley” (artículo 21). Y previene que será “con sujeción a las disposiciones de ingreso y gasto público que correspondan”. No hay forma.

No es una necedad de privilegiados. Solamente recordemos el promedio regional o incluso la reciente ley que aprobó el Congreso argentino. Se trata de la Ley de Financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Ley 27614) y básicamente propone un incremento progresivo durante una década en el presupuesto dirigido a ciencia y tecnología, mismo que deberá pasar de su actual 0.28 a 1.0 respecto al PIB para el año 2032 (t.ly/RoZ4). Un reconocimiento explícvito de que sin financiamiento no hay forma.

Seguramente los legisladores mexicanos conocen la existencia de esa ley. La diputada Maribel Solís Barrera, presidenta de la Comisión de Ciencia y Tecnología, tuiteó el 18 de marzo, desde su cuenta personal, una reunión de trabajo con José Luis Riccardo, su homólogo argentino, posiblemente ese fue uno de los asuntos tratados.

En fin, en México, estamos ante el diseño de una nueva ley para el sector que debió ser aprobada en diciembre pasado, ya vamos tarde, por lo menos procuremos tener una mejor norma que la vigente. No retrocedamos y sin ambigüedades pongamos un monto mínimo de presupuesto.

Pie de página: Conacyt enredado en las sucesivas reformas al reglamento del SNI y, no conforme, ahí vienen las protestas con la convocatoria del Programa Nacional de Posgrados de Calidad.


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