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Acreditación de la educación superior. El modelo estadounidense
Roberto Rodríguez Gómez
Campus Milenio Núm 47 [2003-09-04]
 

En la actual política federal de educación superior, la acreditación de programas educativos de licenciatura y posgrado constituye el eje central del enfoque de calidad del Programa Nacional de Educación 2001-2006. El programa gubernamental recoge a su vez la propuesta de acreditación de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) desarrollada en el documento “La educación superior en el siglo XXI. Líneas estratégicas de desarrollo” (ANUIES, 2000). En ambas propuestas se afirma el propósito de llegar a conformar un Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de las instituciones de educación superior, en el cual se coordinen las instancias y organismos que cumplen funciones de evaluación y acreditación de los programas de educación superior que ofrecen instituciones públicas y particulares.

Al reconocer que la acreditación es un tema prioritario de las actuales políticas públicas para el sistema de educación superior, nos proponemos dedicar a ésta una serie de artículos en que pasemos revista a los principales sistemas de acreditación en el mundo. El foco de la revisión es entender su función como instancias promotoras de calidad académica. Posteriormente examinaremos los pasos dados en México en la dirección de operar el sistema nacional de evaluación y acreditación, así como sus posibles implicaciones en el desarrollo de reformas académicas.

El esquema estadounidense de acreditación de la educación superior

La centenaria existencia de organismos de acreditación de carácter no gubernamental en los Estados Unidos confiere verosimilitud a la afirmación de Robert Glidden, presidente de la Universidad de Ohio, según la cual la acreditación “es una invención americana” que se deriva “de la convicción democrática para evitar formas de control gubernamental sobre la inteligencia” (Gliddens, 1998).

En efecto, en Estados Unidos predomina la postura histórica de las universidades contra la centralización de las relaciones entre instituciones y Estado. Por ello, a diferencia de la casi totalidad de los países del globo, no existe en ese país una instancia federal encargada de la regulación del sistema educativo superior como tal, y las funciones de coordinación normativa, sostén financiero y supervisión de la calidad educativa corresponden, en todo caso, a los gobiernos estatales, así como a ciertas agencias no gubernamentales de coordinación. El alto grado de descentralización prevaleciente, la amplitud de la autonomía académica y administrativa de las instituciones, así como el tamaño del sistema, el mayor en el mundo en términos absolutos (con más de 15 millones de estudiantes, de los cuales más de nueve millones en programas de cuatro años o más), ha dado lugar a una gran diversidad en la oferta de programas académicos que se refleja, entre otros aspectos, en variados niveles de calidad, los cuales no necesariamente son visibles para la demanda.

En tal contexto, el propósito de la acreditación se define como un medio para asegurar que la oferta académica de las instituciones haya alcanzado un nivel aceptable de calidad. No obstante, el desarrollo del modelo estadounidense ha buscado cumplir con dos funciones adicionales: prevenir al público de posibles ofertas fraudulentas, riesgosas o de mala calidad, y asegurar la estandarización del valor del crédito académico para posibilitar su transferencia de una institución a otra, facilitando con ello propósitos de movilidad estudiantil. Ambos objetivos son vigentes; la reciente aparición de proveedores alternativos de educación superior (universidades corporativas, empresariales, a distancia y virtuales) ha reanimado la discusión sobre el sistema de acreditación como el medio apropiado para controlar la calidad de las entidades de educación superior emergentes. Asimismo, el reconocimiento de créditos entre programas amplía su significado en el escenario de los procesos de internacionalización de la educación superior asociados a la globalización.

No obstante la postura anticentralista del sistema de educación superior estadounidense, en el presente el sistema de acreditación formal involucra tanto a entidades no gubernamentales como a agencias gubernamentales. Los organismos acreditadores son asociaciones civiles, de cobertura nacional o regional, que desarrollan criterios de evaluación y conducen evaluaciones de pares académicos para juzgar si tales criterios son satisfechos por los programas académicos. Por su parte, las agencias gubernamentales cumplen propósitos de certificación de agencias, aunque no se inhibe el funcionamiento de organismos no certificados. La búsqueda de equilibrio del modelo ha dado lugar a un esquema complejo que comprende varias instancias y competencias. A continuación esbozaremos en trazos generales sus características relevantes.

El papel del Estado en el proceso de acreditación

El Departamento Estadounidense de Educación (USDE), dependencia de la Secretaría de Educación del gobierno federal, es la instancia gubernamental con competencia en materia de acreditación, aunque su papel no es acreditar directamente instituciones o programas. Sus funciones se derivan, en primer lugar, del mandato legal que obliga a la Secretaría a publicar la lista de agencias nacionales de acreditación oficialmente consideradas como autoridades confiables para determinar la calidad de instituciones y programas.

Además, el reconocimiento de las agencias de acreditación administrado por el USDE responde directamente a la necesidad de regular los apoyos económicos que brinda la federación a la educación superior. La ley respectiva (Acta de Educación Superior, Título IV) determina que sólo son aptas para recibir recursos federales aquellas instituciones, públicas y particulares, que han sido acreditadas por agencias reconocidas por el gobierno federal. Toda agencia acreditadora que busque tal reconocimiento para ser incluida en el Registro Federal de Agencias, debe someterse a los procedimientos y criterios definidos por ésta. El proceso de reconocimiento no se agota con el envío formal del protocolo respectivo; cada solicitud es revisada por el Comité Nacional Consultivo sobre Calidad e Integridad Institucionales (NACIQI), el cual formula y comunica a la Secretaría sus recomendaciones. Esta última instancia fue establecida por mandato de las Enmiendas a la Educación Superior de 1992 (Ley Pública 102-325). La Sección 114 del Acta de Educación Superior determina que el Comité conste de 15 miembros designados por la Secretaría, quienes deben ser representativos de la comunidad de educación superior, e incluir a representantes de todos los sectores y tipos de instituciones así como a un representante estudiante.

El procedimiento de acreditación del USDE incorpora actualmente a once agencias nacionales y a seis regionales de acreditación. Sólo dos terceras partes de las agencias de acreditación especializadas, entre el conjunto de agencias de este tipo reconocidas por el Consejo de Acreditación de la Educación Superior (CHEA), al que nos referiremos más adelante, están convalidadas por la instancia gubernamental, dado que el tipo de acreditación que estas agencias practican no supone necesariamente el acceso a fondos federales (Zapata y Salazar, 2003).

El USDE no acredita instituciones en países extranjeros, sin embargo la Secretaría designa miembros para el Comité Nacional sobre Educación y Acreditación de Educación Médica en el Extranjero (NCFMEA), organismo encargado de supervisar los estándares de acreditación vigentes en los países extranjeros para determinar su compatibilidad con los correspondientes a las escuelas de medicina de los EUA. Las decisiones del comité determinan si los estudiantes estadounidenses que cursan estudios en el extranjero pueden recibir financiamiento bajo el programa federal de préstamo educativo a las familias. Por último, la Secretaría se reserva atribuciones directas de reconocimiento de agencias estatales para la aprobación de estudios vocacionales postsecundarios, así como de agencias estatales para la aprobación de programas de enfermería.

El papel de las agencias de acreditación privadas y no gubernamentales

La acreditación de instituciones y programas de educación superior es competencia directa de agencias privadas de carácter no gubernamental. Se reconocen tres tipos de agencias: de cobertura nacional, de cobertura regional y especializadas en profesiones. Estos organismos han desarrollado criterios para evaluar los estándares de calidad de los programas y establecido requisitos básicos de calidad para la acreditación institucional. En torno a su propósito de verificación de la calidad académica, las agencias de acreditación cumplen varias funciones, de las cuales destacan; verificar que el programa o la institución cumple con estándares de calidad convenidos; apoyar a los estudiantes en la selección de los programas e instituciones de mejor calidad; asistir a las instituciones para definir un esquema de créditos transferibles; apoyar al gobierno y a las fundaciones privadas para identificar instituciones y programas elegibles para recibir fondos; y determinar objetivos de auto mejora institucional.

En el modelo estadounidense de acreditación hay una clara distinción entre dos tipos de acreditación: la que corresponde a las instituciones (institucional) y la que compete a los programas (especializada o programática). La primera es desarrollada, principalmente, por las agencias regionales y nacionales de acreditación, mientas que la segunda se lleva a cabo por las agencias especializadas o profesionales. No obstante, algunas agencias especializadas han desarrollado capacidades para evaluar instituciones y asignar este tipo de acreditación. Por ejemplo las agencias de acreditación enfocadas a la educación médica acreditan tanto escuelas como programas, e incluso hospitales.

En general los procedimientos de acreditación cubren las siguientes etapas: a) Determinación de estándares. La agencia, en colaboración con las instituciones académicas y la comunidad de profesionales, define estándares de calidad institucional y estándares de calidad para las diferentes disciplinas y campos de estudio. b) Autoestudio. La institución o programa que solicita acreditación prepara una autoevaluación que contrasta sus propios estándares de calidad contra el protocolo de estándares fijado por la agencia correspondiente. c) Evaluación de campo. Un equipo de la agencia visita la institución o programa para observar directamente el grado de cumplimiento de los estándares y requisitos. d) Publicación. Con base en los resultados obtenidos, la agencia publica y difunde resultados sobre el status de pre-acreditación o acreditación del programa o institución sometida a su evaluación. e) Monitoreo. La agencia acreditadora se encarga de supervisar cada institución o programa durante el periodo de acreditación concedido para verificar que se continúa cumpliendo con los estándares fijados por la agencia. f) Reevaluación. La agencia acreditadora reevalúa periódicamente cada institución o programa acreditado con el fin de asegurar que los programas e instituciones que forman parte de su lista conservan el nivel de calidad que la agencia puede en efecto garantizar.

El problema de la coordinación

Como el propósito medular de la acreditación radica en fortalecer la confianza pública en las instituciones y programas del sistema de educación superior, el punto más vulnerable del modelo radica en los atributos de solidez académica y responsabilidad profesional que se atribuye a las agencias acreditadoras. La agencias acreditan instituciones y programas, pero ¿quién acredita a las agencias y cómo se garantiza su calidad?

Como ya se indicó, el Estado ha desarrollado algunos medios para dar certidumbre al proceso, sin embargo el control gubernamental se deriva principalmente de la elegibilidad para recibir fondos federales, lo que no descarta la posibilidad de agencias pseudoacreditadoras con propósitos exclusivamente comerciales: proveer un servicio de acreditación para que algunas instituciones o programas logren salir al mercado con alguna certificación externa, o bien para acreditar instituciones extranjeras en busca de status.

Para evitar en lo posible esos problemas, y con claros propósitos de autoregulación al margen del control gubernamental, el sistema universitario estadounidense ha desarrollado otros medios de coordinación y vigilancia. En efecto, por más de cincuenta años ha habido algún tipo de agencia no-gubernamental de coordinación de organismos acreditadores. Los dos primeros fueron la Comisión Nacional de Acreditación, fundada en 1949, y la Federación de Comisiones Regionales de la Educación Superior. La fusión de estos dos organismos dio lugar, en 1974 al Consejo de Acreditación Postsecundaria (COPA), el cual funcionó hasta 1993. Mediante un Comité de Reconocimiento la COPA cumplía funciones de reconocimiento, revisión y supervisión de las agencias asociadas. Posteriormente, en 1994 la COPA derivó en la Comisión de Reconocimiento de Acreditación Postsecundaria (CORPA). En 1997 se disolvió la esta Comisión luego de la creación, el año anterior, del Consejo para la Acreditación de la Educación Superior (CHEA).

El CHEA es la entidad no gubernamental encargada de la función de coordinación de agencias acreditadoras; funge como una organización nacional, de carácter privado y no gubernamental, “dedicada al fortalecimiento de la educación superior a través de la acreditación”. La creación de este organismo respondió a la iniciativa de un grupo de rectores y presidentes de universidades que consideraban necesario establecer puentes entre las agencias de acreditación existentes, así como impulsar una opinión pública favorable al mecanismo de acreditación basado en el juicio de pares académicos. Entre sus objetivos fundacionales el CHEA se propuso impulsar un enfoque de acreditación no regulatorio sino favorable al aseguramiento institucional de estándares de calidad definidos por la comunidad académica. Además, se propuso actuar como un interlocutor válido ante instancias gubernamentales, cuidando preservar el carácter autónomo de las agencias acreditadoras coordinadas por el Consejo (Eaton, 1998). En el presente, el CHEA coordina la operación de seis agencias de acreditación regionales, ocho nacionales y 44 especializadas, y es reconocida en medios académicos y gubernamentales como la organización que cumple la función liderazgo para coordinar el esquema no gubernamental de acreditación.

Así pues, el modelo de acreditación estadounidense opera sobre la base de agencias no gubernamentales especializadas. Además, se combinan formas de supervisión gubernamental con formas de coordinación autorreguladas. Aunque el modelo ha tenido indiscutible repercusión en el ámbito internacional, no en todos los países y regiones se siguen los mismos procedimientos. En las próximas entregas de la serie nos ocuparemos de otros casos para proseguir con la revisión de contexto acerca de la propuesta de la acreditación de la educación superior en México.

Referencias

* Eaton, Judith S. (1998), “The Emergence of CHEA. From Disconnecting to Reconnecting”, The CHEA Chronicle, vol. 1, núm. 9, septiembre.
* Glidden, Robert (1998), “The Contemporary Context of Accreditation: Challenges in a Changing Enviroment”, Keynote Address for 2nd CHEA “Usefulness” Conference, 25 de junio.
* Zapata, Gonzalo y José Miguel Salazar (2003), “Reconocimiento de agencias de acreditación de educación superior. El caso de Estados Unidos”, Documento de Trabajo. Comisión Nacional de Acreditación de Pregrado, Gobierno de Chile, Ministerio de Educación, abril.


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