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El censo innecesario
Roberto Rodríguez Gómez
Campus Milenio Núm. 492 [2012-12-20]
 

Para mejorar la transparencia y rendición de cuentas de los recursos del sector educativo, el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) de 2010 incluyó regulaciones aplicables al Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB). A la SEP se fijaron obligaciones tales como conciliar las cifras de matrícula con las entidades federativas, así como conciliar y reportar datos sobre personal docente, administrativo y directivo, con énfasis particular sobre profesores comisionados. Los estados quedaron obligados a rendir esta información a la SEP. El cumplimiento de tales obligaciones sería supervisado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

La ASF realizó, efectivamente, una auditoría financiera y de cumplimiento sobre los recursos del FAEB 2010. Se asignó la clave 10‐0‐11100‐02‐0081 al ejercicio y puede ser consultado en Internet. Se detectaron diferencias entre los datos de la SEP y los de los estados, tanto en matrícula como en movimiento de plazas. Sin embargo, tal y como lo consigna el reporte, cada una de éstas fueron “aclaradas y justificadas” por la SEP. En la misma auditoría se destaca que la entidad gubernamental inició en 2009 un proceso sistémico para normalizar la información sobre alumnos, escuelas y maestros.

Tal cual. En 2009 la SEP dieron a conocer las bases del proyecto denominado Registro Nacional de Alumnos, Escuelas y Maestros, el RNAME. En las presentaciones del nuevo esquema se destacaban tres motivos para su desarrollo. En primer lugar, que el Formato 911, empleado para sistematizar la estadística educativa nacional, no incluye información individualizada sobre alumnos y maestros. En segundo, que el Programa Sectorial 2006-2012 planteó el objetivo de modernizar los instrumentos de registro estadístico. En tercero, que la Alianza por la Calidad de la Educación también propuso crear un sistema de información para modernizar los centros escolares.

Pero quizás el mayor incentivo para el desarrollo del RNAME provino de las regulaciones incluidas desde 2010 en el PEF. A partir de 2011, se indicó que el Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (FAETA) sería supervisado de la misma manera que el FAEB.

Más aún, a finales de 2010 el Congreso aprobó una serie de modificaciones a la Ley General de Educación, entre las cuales se incluye la de establecer sistemas de información educativa. El texto de la reforma, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2011, establece la obligación para la autoridad educativa federal de “regular, coordinar y operar un padrón nacional de alumnos, docentes, instituciones y centros escolares; un registro nacional de emisión, validación e inscripción de documentos académicos y establecer un Sistema Nacional de Información Educativa” (Artículo 12, fracción X). Las mismas obligaciones se consideran para las autoridades educativas estatales (Artículo 13, fracción VII). En los transitorios de la reforma se establece que estos sistemas (el nacional y los estatales) se “llevarán a cabo con base en la disponibilidad presupuestal, de manera gradual y con la participación coordinada de las autoridades educativas de los órdenes de gobierno correspondientes.”

En 2011 la SEP estableció la plataforma tecnológica del RNAME. Previa licitación, el proyecto fue encargado a la empresa Servicios, Tecnología y Organización S.A. de C.V. (STO Consulting), la cual cotizó en 74 millones 500 mil pesos su propuesta (Reforma, 6 de junio de 2011, nota de Sonia del Valle). El programa de ese año incluía la integración de las bases de datos de centros escolares, nóminas y plantillas del personal docente y administrativo, matrícula, resultados individuales de la prueba ENLACE y la identificación de los programas en que participan los centros escolares.

En 2012 la SEP, mediante adjudicación directa a la misma empresa, por un monto de $25,289,247 de pesos, dio continuidad al proyecto. En esta fase se incluyó la creación de un portal para la difusión de datos, el cual ya se encuentra en funcionamiento y ofrece estadísticas sobre alumnos, maestros y escuelas con un alto nivel de desagregación. Puede consultarse en www.rename.sep.gob.mx. El contraste entre los datos RNAME y los del Formato 911 muestra algunas inconsistencias estadísticas, lo que, se supone, se debe a la diferencia de métodos de captación de información. Hace falta, por consiguiente, terminar la validación de los datos del registro individualizado para tener certeza de su calidad y confiabilidad.

No obstante, el 8 de agosto de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se determina información de interés nacional al Registro Nacional de Alumnos, Maestros y Escuelas”, lo que quiere decir, en términos de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, que los datos del RNAME son información oficial y de uso obligatorio para la Federación, los estados y los municipios.

Así las cosas, ¿qué justifica la decisión de “comenzar con el diseño del Sistema de Información y Gestión Educativa” y llevar a cabo un censo de maestros y alumnos? ¿Falló el sistema desarrollado? ¿Borrón y cuenta nueva?

En el proyecto del PEF 2013 se tiene previsto dotar con 150 millones al proyecto del censo, cantidad incluida, por cierto, en el misceláneo Ramo 23. Es poquito para un censo, a menos que se trate de otra cosa, por ejemplo la convalidación de los datos con que ya se cuenta. No me quiero imaginar la posibilidad de tres datos sobre lo mismo: los del Formato 911, los del RNAME y los del Censo.


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Last modification: April 29 2020 11:44:32.  

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