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Los 31: normas y legalidad a prueba
Alejandro Canales Sánchez
Campus Milenio Núm. 918, pp. [2021-09-30]
 

La resonancia nacional e internacional que ha tenido la acusación de delincuencia organizada sobre 31 investigadores y exfuncionarios ligados al ámbito científico y tecnológico, colocó en el escaparate de los medios sus nombres y sus actividades. Sin embargo, principalmente exhibe lo que ocurre en el Conacyt y también la actuación de la Fiscalía General de la República.

Porque, seguramente, a buena parte de la opinión pública ni siquiera le sonaba de nada eso que se denomina el Foro Consultivo Científico y Tecnológico (FCCyT) y tal vez ni siquiera lo que significa el Conacyt. El conflicto reciente ha hecho una especie de zoom en ese ámbito que generalmente no es tendencia en las redes sociales ni es noticia en los medios.

El problema del caso reciente, o por lo menos uno de sus vértices principales, se localiza en ese manejo discrecional o sumamente laxo del marco normativo por parte de las autoridades del sector casi desde el comienzo de la gestión y prácticamente sin que tuviera ninguna repercusión en los medios. No pasaba nada hasta que pasó.

El meollo del problema entre el Conacyt y las personas denunciadas es si fue indebido o no el financiamiento que recibió el Foro. Una discusión aparte es si el dinero tenía un origen ilícito desde las propias cuentas del Conacyt, tanto como el destino de ese gasto o si la cantidad recibida era razonable o desmedida.

Todos esos componentes son importantes y públicamente deben ser aclarados, pero el punto que desencadena las acusaciones en contra de las 31 personas es la presunta ilegalidad del financiamiento recibido por el Foro. La maraña de declaraciones, desmentidos, acusaciones mutuas, insultos y descalificaciones han ocupado el primer plano y han opacado el punto.

La Ley de Ciencia y Tecnología, norma todavía vigente en el sector, en su artículo 38, claramente establece que: “El Conacyt otorgará, por conducto del secretario técnico de la mesa directiva, los apoyos necesarios para garantizar el adecuado funcionamiento del Foro Consultivo Científico y Tecnológico, lo que incluirá los apoyos logísticos y los recursos para la operación permanente, así como los gastos de traslado y estancia necesarias para la celebración de sus reuniones de trabajo”.

Entonces ¿por qué se plantea que es ilegal el dinero que recibió el Foro? Las autoridades del Conacyt y de la Fiscalía han dicho que el problema se debe a que el Foro se constituyó como asociación civil y, por tanto, como entidad privada, algo que de ninguna manera estaba previsto en la normatividad.

La Ley de Ciencia y Tecnología no lo dice, pero el anterior estatuto orgánico del Conacyt sí lo indicaba. Ahí en el capítulo sexto, referente a los órganos colegiados, en el penúltimo párrafo del artículo 22, quedó establecido que: “El Foro propondrá las bases de su integración, funcionamiento y organización, las cuales serán expedidas conjuntamente por su mesa directiva y el Conacyt. Para la materialización de sus actos el Foro se constituirá en una asociación civil” (DOF. 05.09.2017).

¿Y cuál es el problema? Aquí es dónde entra el asunto de la discrecionalidad y las normas laxas. La autoridad del sector, sin esperar a que se expida la nueva ley general del sector, ha cambiado ordenamientos y normas secundarias, incluso contraviniendo lo que dice la norma superior. Ya no existe aquel penúltimo párrafo del artículo anterior del estatuto orgánico (DOF. 11.12.2019) que amparaba el otorgamiento de fondos para el Foro. Ahora, sin su existencia, sí resulta ilegal la transferencia de recursos.

También aquí entra la maraña de cambios y rectificaciones normativas del sector de los últimos dos años, lo mismo que las interpretaciones legales y lo que permite o no la ley. No hace falta ser abogado para recordar el artículo 14 constitucional sobre la limitación del efecto retroactivo de las leyes o para seguir la línea de la legalidad. Sin embargo, resulta difícil no extraviarse en el laberinto de modificaciones a reglamentos, fe de erratas y nuevas rectificaciones. En este mismo espacio lo hemos comentado en varias oportunidades.

No solamente se trata de un quiebre de normas en la disputa sostenida con el Foro. Lo mismo ocurrió con la extinción de los fideicomisos y las actividades que financiaba, también con la creación de un procedimiento fuera de norma para el ingreso del fiscal al SNI o la misma convocatoria del SNI emitida con un reglamento y después de cerrada aplicarle cambios a ese mismo reglamento. O bien, la modificación de lineamientos y del Estatuto del Personal Académico del programa Cátedras Conacyt, entre tantos otros.

Ni hablar de la irregularidad mayor de que, a la fecha, el sector opera sin el Programa Especial que por ley debería regir sus acciones en el sexenio. O incluso la ley general que debió estar lista hace ya casi un año y no está.

En fin, es posible que las normas sean insatisfactorias y se busque cambiarlas, algo que además de deseable es perfectamente legal y legítimo. Lo que no puede ser, o no debiera ser, es manejar la ley a discreción y apartarse de la legalidad. Eso es lo que ahora está en juego.

Pie de página: #TeVoyACambiarElNombre, con esa etiqueta reaccionaron los jóvenes del programa Cátedras Conacyt cuando se enteraron por la página del Conacyt que ahora se llaman “Investigadoras e Investigadores por México”.


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