En la construcción normativa del “espacio común de educación superior”, cuyos lineamientos debe expedir el Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior según lo indicado en la Ley General de Educación Superior (LGES), uno de los aspectos a tomar en cuenta es el que atiende a la dimensión internacional.
El espacio común al que se refiere la ley debe cumplir el propósito de “facilitar la libre movilidad de estudiantes y personal académico, redes y alianzas entre las instituciones de educación superior nacionales y extranjeras que contribuyan al desarrollo de sus funciones académicas, con pleno respeto al federalismo, a la diversidad y a la autonomía universitaria” (LGES, artículo 53). La norma contempla, a tal efecto, la facultad de la autoridad federal para establecer un marco nacional de cualificaciones y un sistema nacional de asignación, acumulación y transferencia de créditos académicos, que faciliten el tránsito de estudiantes por el Sistema Educativo Nacional (LGES, artículo 19).
La propia ley incluye la atribución concurrente de la federación y las entidades federativas de “promover la internacionalización del Sistema Nacional de Educación Superior y de los Sistemas Locales, a través de convenios de movilidad y de otras formas de cooperación académica (LGES, artículo 49, fracción XXI). En el marco de las disposiciones citadas, es relevante prestar atención a los convenios de carácter internacional suscritos por México sobre convalidación de títulos, grados y diplomas, a los convenios bilaterales suscritos entre los sistemas de educación superior de México y otros países, así como a la amplia red de convenios interinstitucionales en materia de reconocimiento e intercambio académico.
Para el ámbito latinoamericano, el instrumento relevante es el Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe, originalmente suscrito por 18 representaciones nacionales, en la Ciudad de México en 1974. En los años de la presente década se emprendió un proceso de revisión y actualización del mismo a través de una serie de reuniones, en distintos países de la región, dedicadas a la deliberación de un nuevo acuerdo. Al cabo de estas, del 11 al 13 de julio de 2019 se celebró en Buenos Aires la Conferencia Internacional de Estados para la aprobación del convenio, al término de la cual se dio por aprobado el nuevo instrumento, que lleva el mismo título que el precedente. Aunque el convenio renovado cuenta con el beneplácito de las representaciones nacionales que lo suscriben, para su plena operación como tratado vinculatorio resta aún el proceso de ratificación por las autoridades competentes de cada país, generalmente los órganos legislativos con esa facultad.
¿Cuáles son las novedades del nuevo convenio regional? Según se explica en su presentación, el instrumento “incorpora de manera más explícita la perspectiva de los derechos humanos, de género, de inclusión de refugiados y desplazados, y de reconocimiento de estudios parciales, entre otros. Concreta en la definición de reconocimiento diferentes conceptos que responden a la diversidad regional como la revalidación, la equivalencia, la equiparación, la convalidación, entre otros. Asimismo, concibe el reconocimiento aplicado al ámbito académico y al desempeño profesional del ciudadano” (Unesco, “América Latina y el Caribe adoptará acuerdo de reconocimiento de estudios en educación superior”, 20 de junio de 2019).
Los estados adherentes asumen los siguientes compromisos generales: a) Promover la definición de los términos de un suplemento al título, o instrumento similar, como herramienta para facilitar el proceso de reconocimiento; b) Continuar promoviendo que las instituciones de educación superior establezcan y lleven a cabo acuerdos para la movilidad académica, atendiendo a las condiciones legales necesarias y creando los incentivos para tal fin; c) Continuar promoviendo y auspiciando entre las instituciones de educación superior la creación y ejecución de programas académicos integrados, que incluyan la investigación y la formación de grado y posgrado; d) Fortalecer los mecanismos de evaluación y acreditación que garanticen la calidad de la educación superior, o crearlos donde no existan, así como auspiciar el intercambio y la convergencia de criterios entre las agencias nacionales encargadas de esta misión.
La lista de compromisos generales sigue con: e) Mantener y generar repositorios y/o centros nacionales para difundir y compartir información sobre los sistemas de educación superior, las instituciones, los sistemas y criterios de evaluación y acreditación y las oportunidades para la movilidad académica; d) Fortalecer los marcos nacionales de certificación, o crearlos donde no existan, como herramientas para el reconocimiento de estudios, títulos y diplomas; e) Emplear los procesos de acreditación de los países, cuando los haya, como uno de los criterios para el reconocimiento de estudios, títulos y diplomas; f) Establecer, en colaboración con los órganos nacionales pertinentes, las condiciones y los procedimientos para el reconocimiento oportuno de estudios, títulos y diplomas para la continuación de estudios y el ejercicio de labores académicas de enseñanza e investigación; g) Establecer mecanismos justos y transparentes de reconocimiento de los estudios, títulos y diplomas, sin discriminación de ningún tipo, o fortalecerlos cuando ya existan.
El documento incluye, además de lo indicado, un conjunto de disposiciones operativas para concretar los compromisos generales, los procedimientos aplicables y las recomendaciones para establecer o actualizar los mecanismos de garantía de calidad, la equiparación de estudios parciales y completos, y las instancias que deben tomar responsabilidad en los procesos correspondientes. En la hipótesis en que el Senado de México aprobará la ratificación del nuevo convenio regional, sería prudente que el proceso de formulación del “espacio común” al que hace referencia la LGES tome en cuenta y en su caso incorpore el enfoque y contenido básico del acuerdo latinoamericano.