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Conacyt y el reloj legislativo
Alejandro Canales Sánchez
Campus Milenio Núm. 875, pp. [2020-11-12]
 

La normatividad vigente dispone que el Conacyt sea la entidad rectora de las políticas científicas y tecnológicas en México. ¿Un inminente cambio en su regulación podría desbancarlo de ese papel? Seguramente no. Tal vez conservaría su relevancia como cabeza de sector, pero sí tendría repercusiones en su desempeño.

A lo largo de las últimas tres décadas -un periodo de alternancia, continuidad y cambio en el poder ejecutivo federal-, se fueron añadiendo una serie de reglas y normas para la operación del organismo y del sistema científico y tecnológico.

En general, los dispositivos normativos apuntaron a otorgar mayor autonomía y capacidades técnicas y políticas al Conacyt. Por ejemplo, ahí está la creación de un ramo de gasto propio en el presupuesto del gobierno federal y la instauración de un programa especial –en lugar de uno sectorial— para encabezar las acciones de todas las dependencias gubernamentales. O bien, la puesta en marcha de instancias y órganos de participación y de articulación.

Al mismo tiempo, sin embargo, las normas mostraron sus limitaciones y dificultades. La escasa funcionalidad de su máximo órgano de gobierno o coordinaciones e instancias irrelevantes, por ejemplo. Lo mismo que un esfuerzo insuficiente en materia de descentralización de las actividades científicas y tecnológicas, resultados por abajo de lo esperado, o bien, participación desigual de los sectores público y privado.

Si ahora, a raíz de la reforma del artículo 3º constitucional del año pasado, estamos frente a la posibilidad de instaurar un nuevo ordenamiento para regular la actividad científica y tecnológica, vale la pena recuperar lo que claramente se muestra como un avance y evitar los errores que arrastra el marco normativo.

La tarea no es sencilla de resolver. En primer lugar, está el plazo para emitir la nueva ley general. En mayo de 2019, cuando se publicó el decreto de reforma constitucional y quedó establecido el mes de diciembre de 2020 como fecha límite para hacerlo, un lapso de un año y medio parecía más que suficiente para diseñar y acordar por consenso una norma plenamente satisfactoria.

Lo inexplicable es que transcurrieron los meses y como si nada. Todavía, cuando estamos por alcanzar el límite de tiempo, no hay ningún proyecto de ley en el Congreso de la Unión. La autoridad del sector, salvo filtraciones que desconoció hace más de un año, tampoco ha adelantado ninguna versión preliminar ni nada parecido. Solamente algunas organizaciones como Prociencia y la Rednacecyt han presentado iniciativas al respecto.

El Congreso bien puede darle trámite a una nueva ley en el tiempo que resta, por algo tiene mayoría la fracción parlamentaria del partido gobernante, pero seguramente sería una discusión atropellada, enfrentaría una amplia resistencia y probablemente la norma resultante no sería satisfactoria para ninguno de sus destinatarios. ¿Tiene caso una norma que antes de entrar en vigor es rechazada? La reforma educativa del 2013 es ilustrativa a este respecto.

En segundo lugar, no está claro si Conacyt contará con un mayor y mejor presupuesto para desempeñar su papel. En la ley vigente se le reconoce como organismo descentralizado, no sectorizado, con autonomía técnica y cuya función es asesorar al ejecutivo federal para articular las políticas públicas en la materia.

Sin embargo, el presupuesto central del organismo sigue siendo menor, en términos nominales y reales, al que ejercía antes de iniciar la actual administración. El presupuesto para el año próximo seguirá la misma tendencia: están considerados 26 mil 573 millones de pesos y es prácticamente equivalente al de este año (en términos reales). Así que, después de todo, la eliminación de los fideicomisos no se verán reflejados en un incremento o mayor control del presupuesto.

En tercer lugar, con excepción de un control centralizado de un presupuesto menguante, tampoco se advierte qué capacidades e instrumentos podría desplegar el organismo para asumir su responsabilidad como cabeza de sector. No es menor, pero es insuficiente. El programa especial que debía estar en marcha para conducir los esfuerzos en la materia de las diferentes secretarías de Estado, simplemente es inexistente. A pesar de que en algún punto la autoridad dijo que el programa estaba aprobado por su Consejo General, a la fecha no se conoce ningún documento.

El organismo tampoco cuenta con los fondos sectoriales y mixtos –se fueron junto con los fideicomisos— y eran los instrumentos que orientaban las acciones en conjunto con las diferentes secretarías de Estado y con las entidades federativas. Además, las líneas de comunicación y entendimiento con organizaciones e instancias del sector no pasa por su mejor momento.

Finalmente, añadamos que la nueva ley general no solamente debe considerar competencias y responsabilidades del Conacyt, debe tener como referente principal la regulación del sistema nacional de ciencia y tecnología. En estas circunstancias, al cuarto para las doce, no parece probable intentar la aprobación de la nueva norma y tal vez ni siquiera sería deseable. El reloj de los representantes populares es diferente del reloj de sus representados.

Pie de página: A falta de fondos sectoriales, el Conacyt celebra convenio marco con la Secretaría de Cultura. Aunque el documento requiere previa notificación a su órgano de gobierno.


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